lunes, 18 de marzo 2024 | English | INICIAR SESIÓN

Cámara de la

Industria Cosmética y Aseo

La Cámara de la Industria Cosmética y de Aseo de la ANDI se creó con el propósito de desarrollar con los empresarios del sector, acciones que tiendan a su fortalecimiento y beneficio, coordinando esfuerzos a través de la Asociación. Esto en el campo industrial, de comercio y servicios.​

La industria se compone de tres subsectores: Cosméticos, Aseo, y Absorbentes. En conjunto, el sector ha supuesto beneficios económicos para el país y para los grupos que participan en su cadena de valor. Lo anterior demuestra el potencial del sector como motor de la economía nacional. Los resultados son consecuencia de los esfuerzos conjuntos de la Cámara, las instituciones que lo apoyan, y las empresas que lo componen.

   

                                   

 

 

 

Imágenes de Productos Cosmeticos - Descarga gratuita en Freepik              
Productos e Implementos de Aseo - Suministros & Dotaciones Bogotá D.C.
   
  Sector Cosméticos                 Sector Aseo    
                     
                     
Productos de limpieza absorbentes – Productos de Limpieza                  
Sector Absorbentes               Sector Plaguicidas    

 

 


Comité de Asuntos Regulatorios

Grupo de trabajo conformado por los expertos de las áreas regulatorias y técnicas de las empresas afiliadas. Estudia los proyectos de normatividad andina o nacional que puedan tener incidencia en los sectores de representación de la Cámara (Cosméticos, Aseo Personal, Higiene del Hogar y Plaguicidas de uso doméstico), analiza sus implicaciones, busca realizar propuestas y estudiar su aplicación práctica en la realidad de las empresas afiliadas.

 


REUNIONES DEL GRUPO DE EXPERTOS GUBERNAMENTALES PARA LA ARMONIZACIÓN DE LEGISLACIONES SANITARIAS (SANIDAD HUMANA) DE LA CAN

 

Si su empresa es afiliada a la Cámara de Cosméticos y Aseo y no ha recibido la actualización de las actas del Grupo de Expertos,  escriba a pcosmeticos@andi.com.co

 

 

Cosméticos

  • Decisión 516 “Armonización de legislaciones en materia de productos cosméticos”

Vigentes solamente los artículos 18, 19, 20, 22, 29 y su Anexo 2, hasta que entre en vigencia los reglamentos técnicos andinos sobre etiquetado y BPM de productos cosméticos.

  • Decisión 783 “Directrices para el agotamiento de existencias de productos cuya notificación sanitaria obligatoria ha terminado su vigencia o se ha modificado y aún existan productos en el mercado”.
  • Decisión 833 “Armonización de legislaciones en materia de productos cosméticos”, que entró en vigencia el 01 marzo de 2021, fecha en la que quedará derogada parcialmente la Decisión 516, así como las Decisiones 705, 777 y la Resolución 797 y todas sus modificatorias;
  • Decisión 851 “Modificatoria la Decisión 833 “Armonización de Legislaciones en materia de Productos Cosméticos”
  • Decisión 857 “Modificatoria de las Decisiones 516 y 833 sobre la Armonización de Legislaciones en materia de Productos Cosméticos”
  • Decisión 872. “Modificación de la Decisión 868 “Disposición excepcional para el agotamiento de existencias de los productos cosméticos y productos de higiene doméstica y productos absorbentes de higiene personal” (vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022).
  • Decisión 873. “Disposiciones temporales sobre la documentación requerida de acuerdo a la Decisión 833 y Reglamento para el reconocimiento del código de identificación de la NSO de productos cosméticos” (vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022).
  • Resolución 1905 “Por la que se prohíbe el uso de los parabenos de cadena larga como ingredientes para productos cosméticos en la Comunidad Andina”
  • Resolución 1953 “Restricción y prohibición del uso de ingredientes utilizados en jabones cosméticos para el aseo e higiene corporal que tengan acción antibacterial o antimicrobiana”
  • Resolución 2025 “Modificatoria de la Resolución 1953” sobre el plazo otorgado a los productos diferentes a los jabones cosméticos.
  • Resolución 2108 “Reglamento de la Decisión 833 “Armonización de Legislaciones en materia de Productos Cosméticos” que entrará en vigencia junto con la Decisión 833 y reemplaza a las Resoluciones 797, 1333, 1906, 1954
  • Resolución 2120 “Reglamento Técnico Andino sobre Especificaciones Técnicas Microbiológicas de Productos Cosméticos” que entrará en vigencia junto con la Decisión 833 y reemplaza a las Resoluciones 1418 y 1482.
  • Resolución 2151 “Modificatoria de la Resolución N° 2120 Reglamento Técnico Andino sobre Especificaciones Técnicas Microbiológicas de Productos Cosméticos”
  • Fósforo en jabones cosméticos:

Resolución 0689 de 2016 “"Por la cual se adopta el reglamento técnico que establece los límites máximos de fósforo y la biodegradabilidad de los tensoactivos presentes en detergentes y jabones, y se dictan otras disposiciones". Res. 0837 de 2017 “Por la cual se modifican los artículos 10 y 14 de la Res. 0689 de 2016” y Res. 1770 de 2018 “Por la cual se modifica la Res. 0689 de 2016”.

  • Ley 2047 de 2020 “Por la cual se prohíbe en Colombia la experimentación, importación, fabricación y comercialización de productos cosméticos, sus ingredientes o combinaciones de ellos que sean objeto de pruebas en animales y se dictan otras disposiciones”. (Pendiente Reglamentación)
  • Res. 32209 de 2020 “Por la cual se modifican los Capítulos Primero, Segundo y Cuarto del Título VI de la Circular Única, y se reglamenta el etiquetado y el control metrológico aplicable a productos preempacados”.

 

Higiene Doméstica

  • Decisión 706 “Armonización de legislaciones en materia de PHD y PAHP”.
  • Decisión 721 “Reglamento Técnico Andino relativo a los Requisitos y Guía de Inspección para el funcionamiento de establecimientos que fabrican PHD y PAHP”.
  • Decisión 783 “Directrices para el agotamiento de existencias de productos cuya notificación sanitaria obligatoria ha terminado su vigencia o se ha modificado y aún existan productos en el mercado”.
  • Decisión 784 “Modificación de la Decisión 706” sobre el retiro de los pañitos húmedos del grupo de los productos absorbentes del literal h) del Anexo 1.
  • Decisión 826 “Notificación Sanitaria Obligatoria de los productos ambientadores regulados por la Decisión 706 de 2008”.
  • Decisión 908  "Eliminación requisito de presentación del certificado de libre venta o autorización similar  y permiso de presentar copia certificada o documento electrónico de la NSO para productos de higiene doméstica y productos absorbentes de higiene personal". 
  • Decisión 872. Modificación de la Decisión 868 “Disposición excepcional para el agotamiento de existencias de los productos cosméticos y productos de higiene doméstica y productos absorbentes de higiene personal”
  • Resolución 1370 “Formatos para la Notificación Sanitaria Obligatoria (NSO) de PHD y PAHP, su renovación, reconocimiento y cambios; y la estructura correspondiente del código de identificación NSO”.
  • Biodegradabilidad y fósforo en jabones y detergentes de uso doméstico:

Resolución 0689 de 2016 "Por la cual se adopta el reglamento técnico que establece los límites máximos de fósforo y la biodegradabilidad de los tensoactivos presentes en detergentes y jabones, y se dictan otras disposiciones". Res. 0837 de 2017 “Por la cual se modifican los artículos 10 y 14 de la Res. 0689 de 2016” y Res. 1770 de 2018 “Por la cual se modifica la Res. 0689 de 2016”.

  • Res. 32209 de 2020 “Por la cual se modifican los Capítulos Primero, Segundo y Cuarto del Título VI de la Circular Única, y se reglamenta el etiquetado y el control metrológico aplicable a productos preempacados”.

 

 

Plaguicidas de uso doméstico

  • Decreto 1843 - Julio 22 de 1991: Por el cual se reglamentan parcialmente los títulos III, V, VI, VII y XI de la Ley 09 de 1979, sobre uso y manejo de Plaguicidas.
  • Resolución 00578 - Marzo 13 de 2004. 

 

                                   

Hecho en Colombia. Memorias Programa Safe+

El Programa de Calidad para el Sector Cosmético Safe+, inició en el año 2015 y tras cuatro años de trabajo junto a contrapartes, empresas, laboratorios e instituciones, hoy somos un sector mejor preparado para llegar a mercados internacionales.

Así mismo, se ha convertido en referente de cooperación, gracias a los impactos generados en los beneficiarios y al trabajo mancomunado que con este fin, ha desarrollado la Organización de Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial – ONUDI, el gobierno de Suiza a través de la Secretaría de Estado para Asuntos Económicos SECO y el Gobierno de Colombia a través del Programa de Transformación Productiva del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

De esta manera, el Programa no solo brindó importantes aportes para el gran objetivo de la industria de convertirse en líder regional de exportaciones para el año 2032, sino que también ha sido catalizador de la cooperación en torno a la calidad como vehículo de competitividad, sirviendo como antecedente principal para la creación del Programa Global de Calidad y Normas de SECO y la ONUDI. El relevante papel que el programa ha jugado en el fortalecimiento de la industria cosmética nacional y de la infraestructura de calidad que la suple, ha llevado a que Safe+ sea destacado como uno de los programas bandera de la ONUDI a nivel mundial, destacándolo como caso de éxito de sus intervenciones en el plano global.

Hoy, con el aporte de Safe+, los productos cosméticos nacionales llegan a más países y el mundo puede disfrutar los beneficios de la biodiversidad colombiana; los pequeños y medianos productores pueden cumplir requisitos externos de calidad y además demostrarlo a través de una infraestructura de calidad fortalecida que hoy ofrece más y mejores servicios en el país. Esto ha redundado, no solo en el bienestar de los consumidores locales e internacionales, sino en la generación de oportunidades de desarrollo para nuestras comunidades y nuestras PYMES y en la generación de una cultura de la calidad que trascienda al sector cosmético y amplíe su alcance a todo el aparato productivo nacional.

Es por esto que estamos seguros de haber aportado a la construcción de un futuro más solido para quienes trabajan alrededor de esta cadena de valor y de cuyas historias nos nutrimos para seguir creando posibilidades de desarrollo. Las memorias que aquí presentamos se alimentan de estas historias para entender la historia del Programa y proyectar el futuro de quienes las transmiten.
 

Muchas gracias a todos por hacer parte de esta maravillosa aventura.
Equipo Safe+.

Acceda al documento aqui

En los siguientes documentos se pueden encontrar documentos de proyecto:

A continuación podrá encontrar documentos de sector:

Encuentre en los siguientes archivos, documentos acerca de normatividad nacional e internacional:

Publicaciones y Reportes Técnicos:

Encuentre las memorias de trabajo:

 

 

                                           Es un programa de Responsabilidad social gremial global,                                             organizado por las diferentes agremiaciones cosméticas de cada país.
Nació en EEUU hace 30 años y hoy en día está presente en 27 países del mundo.
Tenemos por objetivo ayudar a las mujeres con cáncer en la recuperaciòn de su autoestima, 
a través de talleres gratuitos de maquillaje y cuidado corporal
.

Nuestras premisas son:

PUNTOS DE ATENCIÓN

 

EMPRESAS DONANTES

ENTIDADES ALIADAS

Banco Arquidiocesano de Alimentos de Bogotá: Certifican las donaciones de producto.

Fundación ANDI: Certifican las donaciones de dinero.

EQUIPO CÁMARA

 Directora Ejecutiva 

 Yeili Rangel Peñaranda

 Correo Electrónico: yrangel@andi.com.co

 Coordinadora de Asuntos Regulatorios

 Karen Daza Rojas 

 Correo Electrónico: kdaza@andi.com.co

 Asistente 

 

 Secretaria

 Maribel González Menjura 

 Correo Electrónico: mgonzalez@andi.com.co

 Practicante

 Correo   Eléctronico:  pcosmeticos@andi.com.co

 

 

COORDINADORAS PROGRAMAS ESPECIALES

 

                                                                                             

Programa Luzca Bien Siéntase Mejor                                           Posconsumo de Plaguicidas Domésticos

María José Restrepo                                                                         Kimberlyn González

Correo Electrónico: cpluzcabien@andi.com.co                                Correo Electrónico: kgonzalez@andi.com.co

  https://twitter.com/LBSMColombia

  https://www.facebook.com/LBSMColombia

  https://www.instagram.com/LBSMColombia/

 

 

REDES SOCIALES

http://https://twitter.com/Cosme_AseoANDI

 

Bogotá D.C / Colombia  | Calle 73 # 8 -13

Teléfonos (+57 1) 3268500  Ext. 2303 / Fax.: (+57 1) 3473198